La 76 Legislatura reformó la Ley Orgánica Municipal para fortalecer la participación política de las mujeres y el empoderamiento territorial en los municipios de Michoacán.
Metapolítica
Morelia, Michoacán, 13 de mayo de 2026.- Con el objetivo de garantizar la igualdad sustantiva y abrir espacios de decisión en los niveles de gobierno más cercanos a la ciudadanía, el Pleno de la 76 Legislatura de Michoacán aprobó diversas reformas a la Ley Orgánica Municipal, estableciendo la paridad de género en las Jefaturas de Tenencia y priorizando que las Comisiones de la Mujer sean presididas por mujeres.
A propuesta de las y los diputados Teresita de Jesús Herrera Maldonado, María Itzé Camacho Zapiain, Juan Carlos Barragán Vélez y Reyes Galindo Pedraza, los legisladores armonizaron la norma estatal con principios constitucionales para robustecer las capacidades institucionales de los ayuntamientos.
Paridad en Tenencias y Encargaturas del Orden
Uno de los cambios más significativos se dio en los artículos 84 y 86 de la mencionada ley. Con esta reforma, los procesos de elección para Jefas o Jefes de Tenencia, así como las convocatorias para Encargadas o Encargados del Orden, deberán regirse estrictamente por el principio de paridad de género.
Esta medida asegura que tanto los cargos de elección popular en las comunidades como los nombramientos por designación cuenten con una representación equilibrada entre hombres y mujeres, eliminando barreras jurídicas para el liderazgo femenino en el territorio.
Liderazgo femenino en comisiones municipales
Respecto al artículo 50, la reforma establece que la Comisión Municipal de la Mujer deberá, preferentemente, ser presidida por una mujer.
Si bien el dictamen precisa el uso del término “preferentemente” para respetar la autonomía de los Cabildos y la libre organización interna, las Comisiones de Fortalecimiento Municipal y de Igualdad Sustantiva coincidieron en que esta disposición garantiza un enfoque afirmativo y una verdadera perspectiva de género en la toma de decisiones locales.
Redes comunitarias y prevención de violencia
Finalmente, la modificación al artículo 40 faculta a los ayuntamientos y al Concejo Mayor de Cherán para colaborar directamente con la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas (Seimujer) y el Ejecutivo Federal.
El objetivo es implementar y dar sostenibilidad a redes comunitarias de mujeres, como la Red Nacional de Tejedoras de la Patria, enfocadas en la reconstrucción del tejido social, el empoderamiento territorial y la prevención de las violencias contra las mujeres en cada rincón del estado.